Por María Inés Franck* Coordinadora del Programa Escuelas Protectoras
El abuso sexual en la infancia es un hecho doloroso y sus consecuencias son devastadoras y de largo alcance. Nos golpea, pero es necesario abordar el tema con urgencia, responsabilidad y conocimientos adecuados.
Se trata de un delito que no siempre es fácil de prevenir, y sus indicadores no son sencillos de identificar. Por ejemplo, contrariamente a lo que se pensaba décadas atrás, los agresores generalmente se encuentran en el entorno más cercano del menor. Un informe reciente de UNICEF afirma que «en la mayor parte de los casos judicializados los abusos son cometidos por conocidos y familiares, que acceden con facilidad al niño y aprovechan la confianza generada a través de la convivencia. Por ello los abusos suelen reiterarse en el tiempo, durante meses e incluso años, antes de ser descubiertos. Estudios recientes señalan otro dato preocupante: entre el 20 y el 40% de los abusos sexuales son cometidos por niños mayores, adolescentes y personas con menos de 21 años”.
Aprovechan la confianza generada a través de la convivencia.
¿Cómo actuar? Muchas dudas
Esto genera una gran dificultad a la hora de actuar cuando se tiene una sospecha o a la hora de enfrentarse con un caso concreto. Surgen dudas que suelen abarcar un amplio espectro de temáticas: qué es y qué conductas comprende exactamente el abuso sexual en la infancia, cómo saber que se puede estar ante un caso de abuso, a quién dirigirse, cómo hablar con el niño víctima, si es obligatorio o conveniente hacer una denuncia y ante quién, cómo hablar con los padres, entre otras.
En Argentina, esta protección especial del niño se encuentra reconocida y promovida en legislación del más alto nivel en nuestro país, desde la misma Constitución Nacional y la Convención de los Derechos del Niño hasta los diversos protocolos locales existentes.
¿Qué dice la ley?
Desde esta legislación, los docentes y directivos de establecimientos educativos tienen una especial responsabilidad. La Ley 26.061 de los derechos del niño, niña o adolescente, por ejemplo, establece en forma general que “la persona que tome conocimiento de malos tratos, o de situaciones que atenten contra la integridad psíquica, física, sexual o moral de un niño, niña o adolescente, o cualquier otra violación a sus derechos, debe comunicar a la autoridad local de aplicación de la presente ley” (art. 9).
Además, refiriéndose específicamente a los miembros de los establecimientos educativos de gestión pública y privada que tuvieran conocimiento de la vulneración de derechos de las niñas, niños o adolescentes, afirma con claridad que “deberán comunicar dicha circunstancia ante la autoridad administrativa de protección de derechos en el ámbito local, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad por dicha omisión” (art. 30). Los directivos y docentes de establecimientos educativos, tienen entonces una especial obligación en este tema y por ello necesitan de una capacitación permanente y específica que les permita asumirla.
Realizar acciones que promuevan una cultura de seguridad
¿Cómo actuar en la escuela?
En las entidades educativas se trata de tomar medidas en doble sentido: por un lado, impulsar en los educadores la adquisición de conocimiento, el desarrollo de habilidades y estructuras de apoyo entre colegas que les permitan prepararse para enfrentar estas situaciones. Por otro lado, realizar acciones que promuevan una cultura de la seguridad con el objetivo de que los estudiantes sean capaces de identificar situaciones sospechosas y comunicar a tiempo lo que está ocurriendo a adultos referentes de confianza.
Lic en Ciencias Políticas, abogada, Diplomada en Protección de Menores. Coordinadora del Programa Escuelas Protectoras de Integralis.